jueves, 6 de octubre de 2016

Evaluación Parcial





El objetivo de esta actividad fue poner en práctica nuestros conocimientos sobre la materia aplicándolo en el ejercicio, el cual consistía en visitar dos obras, la primera sobre la Av. Xalapa esquina Cd. Victoria y la segunda ubicada en la calle de Manuel C. Tello casi esquina 20 de Noviembre, ( de Xalapa, Veracruz) y en ellas identificar los siguientes puntos
  • estado de la obra y evaluación de la misma basándonos en los artículos del reglamento de Desarrollo Urbano.
  • Si contaba con medidas de protección para colindacias y peatones.
  • El uso que tendrá.


Obra 1
La primer obra era de tipo privada, una tienda por parte de la compañía Coppel, que espera tener 2,000 m2 de construcción aprox. en los próximos dos meses. La constructora IDSA contaba en ese momento con 8 personas que operaban las máquinas (dos retroexcavadoras,  un rodillo y tres camiones de volteo) dentro del predio. En cuanto a la obra, ya había culminado la fase de demolición y faltaba poco para terminar con la limpieza del terreno. El perímetro de la obra contaba con una débil protección que iba a ser sustituida por una barrera hecha con hojas de triplay que protegerá completamente al peatón de los peligros de la obra. La cimentación constará de una agrupación de zapatas aisladas de concreto armado.
av xalapa/ ciudad victoria


En cuanto a la comparación de los artículos del reglamento de desarrollo se pudo analizar lo siguiente:


Articulo 117: El número oficial debe ser colocado en una parte visible cerca de la entrada a cada predio o lote y reunir las características que lo hagan claramente legible. Por la asignación del número oficial se pagará el derecho correspondiente, de conformidad con lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz y la Ley de Ingresos para el Municipio del ejercicio fiscal correspondiente. 

La obra no cumple formalmente con los requerimientos porque los documentos están guardados en una caseta.


Artículo 134. Obras suspendidas.- Los propietarios de las obras, cuya construcción sea suspendida por más de 30 días, están obligados a delimitar sus predios con la vía pública:
I.- Por medio de una barda, cuando falte el muro de fachada; y
II.- Clausurando los vanos que existan cuando el muro de la fachada esté construido en forma tal, que impida el acceso a la construcción. 

La obra cumple con el articulo al separar  el predio con la vía publica.

Artículo 152. Estacionamientos.- En todas las edificaciones para uso público o privado deberá preverse una superficie para cochera o estacionamiento de vehículos 

Cumple con tener  en su proyecto un estacionamiento, sin embargo nonos proporcionaron detalles sobre medidas.

IV.- Las distintas construcciones que se ejecuten se ceñirán a las siguientes normas de espacio de estacionamiento: comercio 100-500 m2 = 1 xc 50m2.

Teniendo un área total de ventas de 320 m2 cuenta con tres cajones de estacionamiento en ambos sentidos

Artículo 187. Tipos de Protección.- Las protecciones para las obras en general serán:
I.- Barreras: Cuando se ejecuten obras de pintura, limpieza o similares, se colocarán barreras que puedan moverse al suspenderse el trabajo diario. Estarán pintadas de amarillo y tendrán leyendas de “precaución”;
II.- Marquesinas: Cuando los trabajos se ejecuten a más de seis metros de altura, se colocarán marquesinas que cubran suficientemente la zona de la vía pública interior al lugar de las obras;
III.- Tapiales fijos: Para obras de otro tipo se colocarán tapiales fijos, que cubrirán todo el frente de la obra y una faja anexa de 50 centímetros sobre la vía pública; previa solicitud podrá concederse mayor superficie de ocupación de la vía pública; y,
IV.- Pasos cubiertos: En obras cuya altura sea mayor de seis metros o en aquellas en que la invasión de la acera lo amerite, la Dirección podrá exigir que se
construya un paso cubierto, además del tapial. 


El predio sí contaba con una cinta de precaución muy débil, pero el personal nos dijo que una de las cosas que seguía por hacer el el proceso de su obra era colocar una barrera de triplay. Tapiles.


Artículo 189. Conservación de las Protecciones.- Los demoledores y constructores están obligados a conservar los tapiales en buenas condiciones de estabilidad y aspectos; con excepción de los letreros de los directores responsables de la obra, no se permitirán rótulos o anuncios en los tapiales, si no cuentan con la licencia o autorización correspondiente expedida por la Dirección. 


No estaban en buen estado.


Obra 2La segunda obra también de tipo privada, llevada a cargo por el Arq. Juan Pahoram y la constructora J. E civil y mantenimiento. La farmacia tendrá 320 m2 de construcción, cuenta con 4 personas una retroexcabadora y una demoledora. por ahora se encuentra en estado de demolición y en cuanto prevención y seguridad le dan mucha importancia a la zona del paso peatonal.


Manuel c. tello casi esquina 20 de noviembre


Fachada Manuel C. Tellos

estado de demolición en el predio


Los equipos


Extensión del paso peatonal. Protección.




































Articulo 117: El número oficial debe ser colocado en una parte visible cerca de la entrada a cada predio o lote y reunir las características que lo hagan claramente legible. Por la asignación del número oficial se pagará el derecho correspondiente, de conformidad con lo establecido por el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz y la Ley de Ingresos para el Municipio del ejercicio fiscal correspondiente. 


No cumple porque  los permisos los tiene en otra obra


Artículo 134. Obras suspendidas.- Los propietarios de las obras, cuya construcción sea suspendida por más de 30 días, están obligados a delimitar sus predios con la vía pública:I.- Por medio de una barda, cuando falte el muro de fachada; yII.- Clausurando los vanos que existan cuando el muro de la fachada esté construido en forma tal, que impida el acceso a la construcción. 


Si cumple porque están respetando los limites del predio

Artículo 152. Estacionamientos.- En todas las edificaciones para uso público o privado deberá preverse una superficie para cochera o estacionamiento de vehículos 


Si cumple porque no excede los 150 metros de estacionamiento



Artículo 187Tipos de Protección.- Las protecciones para las obras en general serán:I.- Barreras: Cuando se ejecuten obras de pintura, limpieza o similares, se colocarán barreras que puedan moverse al suspenderse el trabajo diario. Estarán pintadas de amarillo y tendrán leyendas de “precaución”;II.- Marquesinas: Cuando los trabajos se ejecuten a más de seis metros de altura, se colocarán marquesinas que cubran suficientemente la zona de la vía pública interior al lugar de las obras;III.- Tapiales fijos: Para obras de otro tipo se colocarán tapiales fijos, que cubrirán todo el frente de la obra y una faja anexa de 50 centímetros sobre la vía pública; previa solicitud podrá concederse mayor superficie de ocupación de la vía pública; y,IV.- Pasos cubiertos: En obras cuya altura sea mayor de seis metros o en aquellas en que la invasión de la acera lo amerite, la Dirección podrá exigir que se
construya un paso cubierto, además del tapial. 


Cuenta con leyendas de precaución al rededor del predio, barreras
y pasos peatonales.


Artículo 189Conservación de las Protecciones.- Los demoledores y constructores están obligados a conservar los tapiales en buenas condiciones de estabilidad y aspectos; con excepción de los letreros de los directores responsables de la obra, no se permitirán rótulos o anuncios en los tapiales, si no cuentan con la licencia o autorización correspondiente expedida por la Dirección. 









Corte de las escaleras de la universidad Gestalt


Detalle de armado de zapata de coolindancia 


Detalle de armado de zapata central